Programa Municipal de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecol贸gico Territorial de Tarimoro

CONSULTA P脷BLICA

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Seg煤n el C贸digo Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato en su Secci贸n Tercera:

Programas municipales

聽Art铆culo 57. Los programas municipales son los instrumentos de planeaci贸n, con visi贸n prospectiva de largo plazo, en los que se representa la dimensi贸n territorial del desarrollo del Municipio, se establece la zonificaci贸n del territorio municipal, asignando los usos y destinos para 谩reas y corredores urbanos, la intensidad y lineamientos espec铆ficos de uso de suelo para cada zona o corredor, as铆 como las modalidades y restricciones al uso del suelo y a las construcciones, definiendo el marco para ordenar las actividades sociales y econ贸micas en el territorio, desde una perspectiva integral y sustentable, atendiendo los aspectos sociales, ambientales y econ贸micos.

Los programas municipales se sujetar谩n a las previsiones del programa estatal, as铆 como a las de los respectivos planes municipales de desarrollo.

Procedimiento para la formulaci贸n y aprobaci贸n de los programas municipales

Art铆culo 58. En la formulaci贸n y aprobaci贸n de los programas municipales se seguir谩 el procedimiento siguiente:

I. El Ayuntamiento ordenar谩 a la unidad administrativa municipal en materia de planeaci贸n que elabore el diagn贸stico para la formulaci贸n del proyecto, a partir de los resultados de los estudios e investigaciones de que disponga;

II. Una vez elaborado el diagn贸stico, el Ayuntamiento ordenar谩 que se elabore el proyecto correspondiente;

III. Formulado el proyecto, la unidad administrativa municipal en materia de planeaci贸n lo remitir谩 a las dependencias y entidades de la administraci贸n p煤blica municipal en materia de protecci贸n civil, movilidad, administraci贸n sustentable del territorio, infraestructura y aquellas cuya opini贸n se estime necesaria, para que la emitan dentro de los diez d铆as h谩biles siguientes a la recepci贸n del proyecto; Fracci贸n reformada P.O. 05-12-2017

IV. Una vez integradas las opiniones de las dependencias y entidades descritas en la fracci贸n que antecede, o habiendo transcurrido el plazo sin que se hayan formulado, se presentar谩 el proyecto de programa al Ayuntamiento, el que acordar谩 someterlo a consulta p煤blica; para tal efecto:

a) Definir谩 las bases para la realizaci贸n de la consulta p煤blica;

b) Ordenar谩 que se d茅 a conocer a la poblaci贸n, a trav茅s de los medios disponibles; y

c) Dispondr谩 que se faciliten copias de la versi贸n abreviada del proyecto a quienes lo requieran, para que formulen, por escrito, las observaciones, sugerencias u objeciones que estimen pertinentes;

V. El Ayuntamiento, por conducto de la unidad administrativa municipal en materia de planeaci贸n, convocar谩 y coordinar谩 la consulta p煤blica, la que deber谩 consumarse dentro de los cuarenta y cinco d铆as h谩biles siguientes a la emisi贸n del acuerdo respectivo;

VI. Concluida la consulta p煤blica y recibidas las opiniones emitidas o transcurrido el plazo sin que 茅stas hayan sido presentadas, el Ayuntamiento, por conducto de la unidad administrativa municipal en materia de planeaci贸n, efectuar谩 las adecuaciones procedentes, dentro de los diez d铆as h谩biles siguientes; Fracci贸n reformada P.O. 05-12-2017

VII. El Ayuntamiento remitir谩 al Instituto de Planeaci贸n el proyecto para que emita el dictamen de congruencia y vinculaci贸n con la planeaci贸n nacional y estatal; Fracci贸n reformada P.O. 05-12-2017

VIII. El Instituto de Planeaci贸n una vez recibido el proyecto del programa municipal, proceder谩 de conformidad a lo siguiente:

a) Dentro de los cinco d铆as h谩biles siguientes a la fecha de recepci贸n, revisar谩 que el proyecto re煤na todos y cada uno de los requerimientos establecidos en los lineamientos correspondientes; ante la falta de alguno de ellos requerir谩 al Municipio para que subsane dicha omisi贸n dentro de los cinco d铆as h谩biles siguientes al requerimiento, en caso de que el Municipio no atienda el requerimiento, se tendr谩 por no presentado el proyecto; Inciso adicionado P.O. 05-12-2017

b) Cuando el proyecto re煤na los requisitos establecidos en los lineamientos, el Instituto de Planeaci贸n contar谩 con un t茅rmino de hasta cuarenta d铆as h谩biles para su an谩lisis, en coordinaci贸n con otras dependencias y entidades de la administraci贸n p煤blica estatal; Inciso adicionado P.O. 05-12-2017

c) En caso de existir observaciones devolver谩 el proyecto al Municipio para su atenci贸n. Las observaciones precisar谩n los contenidos o aspectos espec铆ficos que el Municipio deber谩 atender o subsanar a fin de que pueda obtener el dictamen de congruencia y vinculaci贸n del programa municipal; Inciso adicionado P.O. 05-12-2017

d) Notificadas las observaciones, el Municipio contar谩 con un t茅rmino de hasta veinte d铆as h谩biles para presentar el proyecto del programa en el que se solventen la totalidad de las mismas. En caso contrario se tendr谩 por no presentado el proyecto; e Inciso adicionado P.O. 05-12-2017

e) Recibido el proyecto, el Instituto de Planeaci贸n contar谩 con un t茅rmino de veinte d铆as h谩biles para emitir el dictamen correspondiente, el cual podr谩 ser de congruencia y vinculaci贸n con la planeaci贸n nacional y estatal, o de no congruencia. En caso de no ser favorable, el dictamen deber谩 justificar de manera clara y expresa las recomendaciones que considere pertinentes para que el Ayuntamiento efect煤e las modificaciones correspondientes e inicie un nuevo procedimiento; Inciso adicionado P.O. 05-12-2017 Fracci贸n reformada P.O. 05-12-2017

IX. El proyecto dictaminado de congruencia por el Instituto de Planeaci贸n, ser谩 presentado al Ayuntamiento para su aprobaci贸n; Fracci贸n reformada P.O. 05-12-2017

X. Aprobado el programa, el Presidente Municipal:

a) Gestionar谩 la publicaci贸n en t茅rminos del 煤ltimo p谩rrafo del art铆culo 42 del C贸digo y de los lineamientos t茅cnicos que deber谩n atender los municipios para la presentaci贸n de los proyectos de programas, para su dictamen de congruencia y publicaci贸n en el Peri贸dico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato; Inciso reformado P.O. 05-12-2017

b) Tramitar谩 y obtendr谩 su inscripci贸n en el Registro P煤blico de la Propiedad; y

c) Enviar谩 a la Secretar铆a y al Instituto de Planeaci贸n una copia de la versi贸n integral del programa municipal.

El Director del Peri贸dico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato una vez que reciba el programa municipal dictaminado de congruencia, previo a su publicaci贸n, cotejar谩 con el Instituto de Planeaci贸n que el instrumento recibido corresponda a la versi贸n dictaminada por este 煤ltimo. De no coincidir con dicha versi贸n, requerir谩 a la autoridad municipal para que le remita el instrumento correcto. Asimismo, el Registrador P煤blico de la Propiedad correspondiente, contar谩 con la facultad establecida en el presente p谩rrafo, previo a la inscripci贸n del programa municipal en el Registro P煤blico de la Propiedad.